Concepto
El seguro de incendios es un tipo de seguro de daños donde el asegurador se obliga dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato a indemnizar los daños producidos por incendio en el objeto asegurado. Entendiéndose incendio como la combustión y el abrasamiento con llama, capaz de propagarse, de un objeto que no estaba destinado a ser quemado en el lugar y momento en que se produce.
La aseguradora puede, o bien compensar monetariamente la pérdida sufrida por el asegurado o reparar las piezas averiadas. La indemnización incluye, los daños sufridos en los objetos descritos en la póliza, los gastos ocasionados en el salvamento o extinción de dichos bienes (servicio de bomberos, gastos de transporte de los objetos asegurados con el fin de salvarlos del incendio...) y los objetos desaparecidos.
En el caso de la destrucción o deterioro de los objetos asegurados se produjera fuera del lugar descrito en la póliza, el asegurador no estará obligado a pagar la correspondiente indemnización, salvo que el traslado o cambio de ubicación de los objetos, hubiera sido previamente comunicado. También estará eximida de sus responsabilidades la aseguradora, en el caso en que el incendio se origine por dolo o culpa grave del asegurado.
Coberturas o seguros complementarios
Es común que en la misma póliza de incendios se garanticen una serie de coberturas o seguros complementarios como pueden ser:
- — Los daños producidos por la caída del rayo o explosiones.
- — Gastos de desescombro del inmueble incendiado.
- — La pérdida de beneficios por la paralización de la actividad o el trabajo en el inmueble afectado.
- — La pérdida de alquileres que puede sufrir el propietario del edificio incendiado.
Seguro de pérdida de beneficios
El seguro de pérdida de beneficios es un tipo de seguro de daños, concretamente un seguro patrimonial, en el que el asegurador se obliga, dentro de los límites que establece la ley y en la póliza de seguro, a indemnizar al asegurado la pérdida de beneficios que se sufre con motivo de la paralización de su empresa causada por un accidente previsto en la póliza. Suelen incorporarse como seguros complementarios en las pólizas de seguro de incendio. Las prestaciones son económicas, en forma de capital, siendo su cuantía variable.
Recuerde que...
- • La aseguradora puede, o bien compensar monetariamente la pérdida sufrida por el asegurado o reparar las piezas averiadas.
- • La indemnización incluye, los daños sufridos en los objetos descritos en la póliza, los gastos ocasionados en el salvamento o extinción de dichos bienes y los objetos desaparecidos.
- • Estará eximida de sus responsabilidades la aseguradora, en el caso en que el incendio se origine por dolo o culpa grave del asegurado.