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Energías renovables

Energías renovables

Las energías renovables o energías limpias son todas aquellas fuentes de energía que no tienen origen fósil, presentándose de modo continuo y prácticamente inagotable, en contraposición a las fuentes de energía convencionales o no renovables.

Sectores regulados

¿Qué tipos de energía hay?

Las fuentes de energía pueden ser tanto convencionales como renovables.

De entre las primeras destacan los carbones, el petróleo y sus derivados, la energía nuclear y el gas natural. Todas ellas son, por definición, finitas y producen efectos tales como la lluvia ácida, la pérdida de la biodiversidad, la disminución de la capa de ozono y el efecto invernadero. Europa ha dependido tradicionalmente de estas fuentes de energía fósil, lo que ha dado lugar a que en las últimas décadas hayan surgido numerosos movimientos en favor de las energías renovables, puesto que su uso no solo evita la dependencia económica de los países productores de petróleo, sino que tiene claros beneficios ambientales.

Las energías renovables son, en contraposición a las anteriores, continuas e inagotables. Se pueden definir sucintamente como aquellas fuentes primarias de energía que, de forma periódica, se renuevan a través de ciclos naturales considerándose por ello inagotables.

De hecho, tanto el Libro Verde hacia una estrategia europea de seguridad del abastecimiento energético (2000), como los sucesivos Planes de Energías Renovables en España destacan la necesidad de llevar a cabo un desarrollo energético sostenible por los siguientes motivos:

  • - Presentan indudables beneficios medioambientales, ya que contribuyen a reducir la contaminación atmosférica.
  • - Suponen tanto una menor dependencia de la energía procedente del exterior como un suministro estable.
  • - Su abastecimiento facilita la adecuación de los precios.
  • - Contribuyen a la competitividad industrial, a la creación de empleo, y al desarrollo urbano y rural, entre otros beneficios.

De acuerdo con los compromisos adquiridos tanto por el Estado español como por la Unión Europea, el objetivo es que en 2050 Europa sea climáticamente neutra, es decir, que el 100% de la energía se cubra con energías renovables.

¿Cuáles son las clases de energías renovables?

Existen diferentes clases de energías renovables en función de cuál sea su fuente, esto es, según los recursos naturales que se utilicen para su producción.

De conformidad con la Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, se considera "energía procedente de fuentes renovables" o "energía renovable" la energía procedente de fuentes renovables no fósiles, es decir, energía eólica, energía solar (solar térmica y solar fotovoltaica) y energía geotérmica, energía ambiente, energía mareomotriz, energía undimotriz y otros tipos de energía oceánica, energía hidráulica y energía procedente de biomasa, gases de vertedero, gases de plantas de depuración, y biogás.

Sucintamente, pueden ser definidas de la siguiente manera:

  • a) Energía solar: puede ser capturada para ser aprovechada tanto en forma de calor (que da lugar a la energía solar térmica) como para ser convertida directamente en electricidad a través de células fotovoltaicas (que da lugar a la energía solar fotovoltaica).
  • b) Energía eólica: la ocasionada por el viento, que deriva a su vez del calentamiento desigual que el Sol produce sobre la superficie terrestre.
  • c) Energía geotérmica: proveniente del calor producido en el interior de la Tierra, aprovechado por el hombre que extrae las aguas subterráneas o el vapor almacenados en la corteza.
  • d) Energía minihidráulica: supone aprovechar la energía de los ríos mediante el empleo de turbinas y generadores, partiendo de la caída del agua en los mismos. No obstante, este tipo de energía produce ciertas consecuencias nocivas para el medio ambiente como pueden ser la detracción del caudal llevada a cabo por las centrales hidroeléctricas, o la alteración del hábitat de los peces.
  • e) Biomasa: en este caso nos encontramos ante recursos orgánicos que se suelen clasificar en dos grandes bloques: la biomasa primaria y la secundaria. La biomasa primaria está integrada por recursos vegetales que a través de la fotosíntesis transforman la luz solar en energía química. Dentro de este grupo quedarían incluidos los recursos originados naturalmente, como los bosques, y los producidos por el hombre -así, los excedentes de cultivos (cereales, patata, etc.)-. La biomasa secundaria es, por su parte, la que queda tras la utilización por el hombre de la biomasa primaria.

El uso de la biomasa, tanto primaria como secundaria, es claramente ventajoso, ya que no solo no contamina, sino que regenera el medio natural. Entre otros beneficios, la combustión de la biomasa vegetal reduce el efecto invernadero e impulsa la reforestación de grandes áreas.

Mención aparte requiere la cogeneración, definida por DOMINGO LÓPEZ como "la autoproducción combinada y simultánea de electricidad y energía térmica en una misma instalación, y a partir de un solo combustible, generalmente, gas natural, gasóleo, fuelóleo y propano, aunque también se pueden utilizar fuentes de energía renovables como la solar, la biomasa y la eólica, siendo prioritaria la combustión de residuos urbanos e industriales, ya que la misma implica la desaparición del problema que a día de hoy supone su eliminación". Ahora bien, incluso si no se utilizasen estas fuentes de energía renovables, dado que estos sistemas de cogeneración requieren una cantidad de energía primaria menor que una instalación convencional, las ventajas son indudables.

¿Cuál es la normativa europea de aplicación?

El vértice de la pirámide normativa de las energías renovables lo constituyen los acuerdos y tratados internacionales que apuestan por el desarrollo de las energías renovables como instrumento esencial para reducir el calentamiento global y luchar contra el cambio climático.

La normativa de la Unión Europea también ha puesto especial énfasis en regular y fomentar el uso de las energías renovables ya que de conformidad con el artículo 4 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), la Unión dispone de competencia compartida con los Estados miembros en relación con el medio ambiente y la energía.

Asimismo, el TFUE (artículo 194) establece que la política energética de la Unión tendrá por objetivo, con un espíritu de solidaridad entre los Estados miembros, fomentar la eficiencia energética y el ahorro energético, así como el desarrollo de energías nuevas y renovables. Por otro lado, a raíz de la pandemia provocada por la COVID-19, la Unión Europea también ha subrayado el papel crucial de las energías renovables en la recuperación económica de la Unión.

La Unión Europea tiene como objetivo lograr que en 2050 el 100% de la energía se cubra con energías renovables, fijándose para ello hitos intermedios, como el del año 2030 en el que las energías renovables deben cubrir el 32% del consumo de la energía.

La normativa de la Unión Europea es prolija, pudiéndose destacar la Directiva 2018/2001, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuente renovables, el Reglamento 2019/943, de 5 de junio de 2019, relativo al mercado interior de la electricidad y la Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad.

¿Cuál es la normativa estatal de aplicación?

A nivel estatal, el artículo 149.1. 25º de la Constitución Española establece que el Estado tiene competencia exclusiva sobre las bases del régimen energético, por lo que se trata de una competencia compartida con las Comunidades Autónomas. Asimismo, el Estado tiene también competencia plena según el apartado 22º del mismo artículo, sobre los aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una Comunidad Autónoma y cuando el transporte de energía salga de su ámbito territorial.

Todo lo anterior debe ponerse en relación con el artículo 45.2 CE que establece que todos los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente.

Una vez aprobada la Constitución, la regulación de las energías renovable se inicia en España en el año 1980 a raíz de la crisis del petróleo, mediante la promulgación de la Ley 82/1980, de 30 de diciembre, sobre conservación de la energía, aún vigente.

Actualmente, las principales normas estatales que regulan la materia son las que siguen:

La cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas se articula a través de la Conferencia Sectorial de Energía, que conoce entre otros extremos de la preparación y formulación de los Planes Nacionales y, en su caso, de los Planes de las Comunidades Autónomas en los ámbitos de la eficiencia energética y las energías renovables.

Asimismo, en el ámbito urbanístico a través del Texto Refundido de la Ley del Suelo (Real Decreto Legislativo 7/2015), se establece que debe priorizarse y darse primacía al uso de energías renovables y a la instalación de las infraestructuras de energía renovables sobre aquellas que se base en combustibles fósiles. Por su parte, el Código Técnico de la Edificación (aprobado por Real Decreto 314/2006) establece la obligatoriedad de incorporar instalaciones de energías renovables en ciertas edificaciones.

¿Qué es un huerto solar?

Una de las instalaciones más exitosas en el ámbito de las energías renovables lo constituyen los huertos solares. Se trata de espacios o instalaciones individuales de pequeños productores unidos con el objetivo de generar energía para venderla posteriormente a la red eléctrica. Su nombre viene a colación de su ubicación más frecuente, generalmente, en terrenos que antiguamente tenían una actividad agrícola. El huerto solar se diferencia del parque solar en que este es una instalación de mayor tamaño y creada con fines industriales.

Recuerde que…

  • Las energías renovables son objeto de una creciente atención por parte de las autoridades, dados sus aspectos beneficiosos y su menor impacto ambiental.
  • Se consideran energías renovables las que proceden de fuentes no fósiles.
  • La regulación de la energía renovable es prolija, contando con un gran componente internacional y europeo dada sus consecuencias beneficiosas para el cambio climático.
  • El objetivo de la Unión Europea es que en el año 2050 Europa cubra todas sus necesidades energéticas mediante energías renovables.
  • El huerto solar es una instalación creada por pequeños productores unidos con el fin de generar energía a partir del sol y venderla posteriormente.

© LA LEY Soluciones Legales, S.A.

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