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Tesorería General de la Seguridad Social

Tesorería General de la Seguridad Social

Servicio común de la Administración de la Seguridad Social en España, encargado de la gestión y administración de los recursos económicos del sistema de la Seguridad Social; entre sus principales funciones se encuentran la afiliación, cotización y recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social, la gestión del patrimonio inmobiliario y mobiliario de la Seguridad Social, y la adecuación de los procesos y servicios a la Administración Electrónica.

Seguridad Social

¿Qué es la Tesorería General de la Seguridad Social?

Se trata de un organismo público calificado por el artículo 74 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) como servicio común a las diversas entidades gestoras de la Seguridad Social. Al ser un servicio común del Sistema de la Seguridad Social, desarrolla una gestión que redunda en beneficio del funcionamiento de las entidades gestoras (Véase: Entidades gestoras de la Seguridad Social). Como tal cuenta con personalidad jurídica propia, siendo un organismo público autónomo y se encuentra adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social.

El citado precepto lo conceptúa como un servicio común con personalidad jurídica propia, en el que, por aplicación de los principios de solidaridad financiera y caja única, se unifican todos los recursos financieros, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias. Tiene a su cargo la custodia de los fondos, valores y créditos y las atenciones generales y de los servicios de recaudación de derechos y pagos de las obligaciones del sistema de la Seguridad Social.

Por tanto, la Tesorería General de la Seguridad Social es un órgano clave en la administración y gestión de los recursos económicos del sistema de la Seguridad Social, asegurando la correcta recaudación y administración de los fondos necesarios para el funcionamiento del sistema.

¿Qué normativa la regula?

La regulación fundamental la encontramos en el Real Decreto 2318/1978, de 15 de septiembre, de creación de la Tesorería General de la Seguridad Social, así como el Real Decreto 255/1980, de 1 de febrero, por el que se atribuyen a la Tesorería General de la Seguridad Social la titularidad y administración del patrimonio único de la Seguridad Social (parcialmente en vigor, vid. el Real Decreto 1221/1992, de 4 de octubre, sobre Patrimonio de la Seguridad Social) y el Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se atribuye a la Tesorería General de la Seguridad Social las funciones en materia de inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores.

¿Cuáles son sus objetivos?

El objetivo principal de la Tesorería es desarrollar la gestión de la cotización y recaudación de las cuotas, así como los actos de inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores; es decir, asume funciones en dos ámbitos diferentes: de un lado, y como se ha expresado, asume la puesta en práctica del principio de caja única, unificando los recursos financieros, custodiando los fondos, valores y créditos de la Seguridad Social, recaudando los derechos y haciendo frente a los pagos derivados de las obligaciones del Sistema de Seguridad Social. Asimismo, se encarga de los actos de encuadramiento necesarios para el correcto funcionamiento del Sistema de Seguridad Social (Véase: Sistema de la Seguridad Social).

También se dirige a la planificación, dirección, ejecución y evaluación de las actividades de control y evaluación de los servicios, así como en la gestión de la actividad preventiva y de la salud del personal.

¿Cuáles son sus principales funciones?

Específicamente, sus funciones se señalan en el art. 1 del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, y son las siguientes:

  • a) Gestión y control de la cotización y recaudación de las cuotas y demás recursos de financiación del Sistema de la Seguridad Social, incluyendo las cuotas de recaudación conjunta (desempleo, FOGASA y Formación Profesional).
  • b) Titularidad, gestión y administración de los bienes y derechos que forman parte del patrimonio único de la Seguridad Social.
  • c) Proceder a los pagos de obligaciones de la Seguridad Social.
  • d) Constitución, gestión y aplicación del Fondo de Reserva del Sistema de la Seguridad Social.
  • e) Desarrollar y llevar a cabo la gestión administrativa de los actos de encuadramiento: inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores.
  • f) Elevar a definitivas las actas de liquidación de cuotas y de actas de liquidación conjuntas con las actas de infracción, así como la imposición de sanciones a trabajadores por infracciones en materia de Seguridad Social que afecten a su ámbito de competencias, en ambos casos a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (Véase: Inspección de Trabajo y Seguridad Social).
  • g) Otras funciones que puedan serle encomendadas por el Ministerio de Trabajo y Economía Social (por ejemplo, la gestión de los convenios especiales o la liquidación del capital coste que han de constituir las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales o las empresas responsables del pago de prestaciones).

¿Cómo se estructura?

En cuanto a la estructura interna de la Tesorería, existen servicios centrales, integrados por la Dirección General, la Secretaría General y las Subdirecciones Generales. A estos organismos se suma la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, dependiente de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social. Junto a la organización de los servicios centrales, hay también una descentralización a través de las Direcciones Provinciales (que constan de un Director, un Secretario y Subsecretarías provinciales); dentro de estas se integran las Unidades de Recaudación Ejecutiva. Los órganos de participación, control y vigilancia de la gestión son a nivel central el Consejo General del Instituto Nacional de la Seguridad Social y a nivel provincial, las Comisiones Ejecutivas Provinciales del Consejo General.

Recuerde que…

  • La Tesorería General de la Seguridad Social es un servicio común de la Administración de la Seguridad Social en España, encargado de la gestión y administración de los recursos económicos del sistema de la Seguridad Social.
  • Su estructura y competencias están reguladas por una norma de 1984, que ha sido objeto de diversas modificaciones para adaptarse a las necesidades de gestión y a la evolución de la Administración pública.
  • Entre sus principales funciones se encuentran la afiliación, cotización y recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social, la gestión del patrimonio inmobiliario y mobiliario de la Seguridad Social, y la adecuación de los procesos y servicios a la Administración Electrónica.
  • La Tesorería coordina y colabora con el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la lucha contra el fraude.
  • También tiene competencias en la planificación, dirección, ejecución y evaluación de las actividades de control y evaluación de los servicios, así como en la gestión de la actividad preventiva y de la salud del personal.

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