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Responsabilidad política del gobierno

Responsabilidad política del gobierno

Rasgo esencial del sistema parlamentario de gobierno es la confianza que el Parlamento deposita en el poder ejecutivo. Desde su elección, el Gobierno se ve sometido de manera permanente al control parlamentario que se ejerce a través de instrumentos muy diversos, siendo la exigencia de responsabilidad política un supuesto extraordinario de control, tal y como veremos a continuación.

Derecho parlamentario y electoral

Entre las diversas modalidades fruto del proceso de democratización del poder ejecutivo, y como rasgo esencial del sistema parlamentario de gobierno, surge el principio de responsabilidad política del mismo: Su Presidente, el jefe del ejecutivo, es elegido por el Parlamento, y como se trata de una elección en la que el cuerpo electoral ha intervenido indirectamente, la lógica democrática justifica que tenga menos autoridad y competencias que el Jefe del Estado de un sistema presidencialista y, sobre todo, el Gobierno es responsable ante el Parlamento que lo eligió.

Rasgo esencial del sistema parlamentario de gobierno es la confianza que el Parlamento deposita en su poder ejecutivo. Dicha confianza se entrega en un primer momento -investidura- o se presume en tanto no le sea denegada expresamente al Gobierno. Con posterioridad y desde su elección, el Gobierno se ve sometido de manera permanente al control parlamentario.

La función parlamentaria de control se ejerce a través de instrumentos muy diversos, hasta el punto de que es difícil encontrar una iniciativa parlamentaria que no conlleve, en mayor o menor grado, el ejercicio de tal función. Ahora bien, no todos los mecanismos de control tienen el mismo alcance, sino que la exigencia de responsabilidad política constituye un supuesto extraordinario de tal control, de alguna manera, su culminación.

Como señalara Sánchez Agesta, es la deducción de responsabilidad política el que ha adquirido categoría de símbolo como instrumento de control y de gobierno.

La existencia de responsabilidad política del poder ejecutivo ante el poder legislativo, es un rasgo diferenciador de la forma de gobierno parlamentaria, frente a los sistemas presidencialistas que se caracterizan por la independencia de ambos poderes entre sí, sin perjuicio de las relaciones y controles recíprocos que puedan mantener.

Un Gobierno parlamentario es formalmente responsable ante el Parlamento porque está situado en relación de dependencia respecto a éste que, por el cauce establecido al efecto, puede sancionarle removiéndole de su puesto.

Siguiendo a Loewenstein, la amenaza de la destitución es el control interórganos más importante y, al mismo tiempo, el arma más eficaz de que dispone el parlamento frente al gobierno: la posibilidad de revocar la confianza inicialmente otorgada.

La razón de ser de la responsabilidad política es la necesidad de sancionar el control parlamentario.

En el caso español, cuestión de confianza y moción de censura constituyen los excepcionales instrumentos de control parlamentario, de control extraordinario, a través de los cuales se encauza la exigencia de la responsabilidad política del gobierno en sentido estricto, es decir, son los dos instrumentos de control cuya aprobación surte efectos jurídicos de forma automática, a saber, el apartamiento del gobierno.

Los restantes medios de control no sirven, a la inversa, para exigir responsabilidad política en sentido estricto, sin perjuicio de los efectos sociológicos o políticos que su aprobación pueda producir en el electorado o en el propio gobierno.

Mientras la cuestión de confianza es un instrumento para la exigencia directa de la responsabilidad política que se debe a la iniciativa del propio Gobierno, la moción de censura es una iniciativa parlamentaria.

La Constitución Española de 1978 regula tales mecanismos en sus artículos 112 a 114, ambos se plantean en el Congreso de los Diputados, sin participación del Senado, y se desarrollan en los artículos 173 a 179 del Reglamento de aquella Cámara.

Recuerde:

• En el sistema español, la cuestión de confianza y moción de censura, regulados en los artículos 112 a114 de la Constitución, constituyen los excepcionales instrumentos de control parlamentario, través de los cuales se encauza la exigencia de la responsabilidad política del gobierno con efectos jurídicos de forma automática.

• Sus diferencias y similitudes son las siguientes:

  • - la cuestión de confianza se debe a la iniciativa del propio Gobierno, mientras que la moción de censura es una iniciativa parlamentaria.
  • - ambas se plantean en el Congreso de los Diputados, sin participación del Senado, y se desarrollan en los artículos 173 a 179 del Reglamento de aquella Cámara.

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