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Sistemas electorales mayoritarios

Sistemas electorales mayoritarios

Los sistemas electorales mayoritarios se basan en el principio de que la voluntad de la mayoría de los electores se impone sobre la minoría y es, en consecuencia, la única que debe contar para la aspiración de los escaños. La mayoría requerida puede ser simple o relativa (plurality system) o absoluta (majority system). Analizaremos los argumentos a favor y en contra de este sistema.

Derecho parlamentario y electoral

El sistema mayoritario es el primero en aparecer entre los sistemas electorales, hasta el punto de que su origen se sitúa en la elección del Parlamento británico en el siglo XIII. Se basa en el elemental y básico principio de que la voluntad de la mayoría de los electores se impone sobre la minoría y es, en consecuencia, la única que debe contar para la aspiración de los escaños. La mayoría requerida puede ser simple o relativa (plurality system) o absoluta (majority system).

El sistema mayoritario puede manifestarse en colegios plurinominales (como en Turquía o en Francia para las elecciones al Senado) pero es más propio de los uninominales, tal y como ocurre, por ejemplo, en el Reino Unido o en Francia. En los uninominales, se elige un solo representante, y la elección recaerá en el candidato que consigue la mayoría sea simple o absoluta. En el supuesto, cual es el caso de Francia en las elecciones a la Asamblea Nacional, de que ningún candidato obtenga la mayoría cualificada exigida, se ha de proceder a una segunda vuelta o elección (ballotage) a la que concurren los dos candidatos más votados en la primera o los que hayan superado un determinado quórum. En el Reino Unido, es proclamado electo el que obtenga un voto más, no requiriéndose, por tanto, mayoría especial.

Los argumentos a favor y en contra del sistema mayoritario permanecen a lo largo de los siglos. Entre los primeros, se señala que permite garantizar la constitución de un gobierno y su estabilidad y que asegura unos vínculos más firmes entre electores y elegidos. Entre las consecuencias negativas se cita que no permite reflejar o representar la auténtica voluntad de los electores y que se borra prácticamente a la minoría. El debate se resume en la opción entre eficacia y justicia, pero como se pregunta Pasquino ¿quién puede elegir entre estos dos factores: estabilidad política y representatividad política?.

Recuerde:

• Los sistemas electorales mayoritarios permiten garantizar la constitución de un gobierno y su estabilidad, asegurando unos vínculos más firmes entre electores y elegidos. En cambio, como consecuencia negativa se cita que no permiten reflejar o representar la auténtica voluntad de los electores borrándose prácticamente a la minoría.

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