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Puntos de encuentro familiar

Puntos de encuentro familiar

Los puntos de encuentro familiar son aquellos lugares o espacios que se utilizan para facilitar el encuentro entre los menores y los progenitores que no tienen atribuida su custodia. Los puntos de encuentro familiar se utilizan, por su carácter neutral, en situaciones en las que las relaciones entre los progenitores o el cumplimiento del régimen de visitas son difíciles o conflictivas.

Familia y matrimonio

¿Qué son los puntos de encuentro familiar?

Los puntos de Encuentro Familiar (PEF) son los espacios que, por su carácter neutral, resultan idóneos para hacer posible el encuentro entre el menor y el progenitor que no tiene atribuida su custodia, cuando se plantea una situación entre los miembros de la pareja disuelta que hace el cumplimiento del régimen de visitas difícil o conflictivo. Se utiliza asimismo para facilitar los encuentros entre el menor y la familia biológica en los casos de acogimiento.

Los objetivos específicos de un Punto de Encuentro Familiar (PEF), alternativa viable ante situaciones de tensión, trauma o enfrentamiento familiar, son:

  • a) Garantizar el cumplimiento del régimen de visitas y la seguridad del niño o del padre vulnerable. Ofrecen el espacio adecuado para el cumplimiento o normalizado del régimen de visitas y la relación del mismo con sus progenitores en este lugar de transición hasta que desaparezcan las circunstancias que motivaron la necesidad de este recurso.
  • b) Garantizar la seguridad, la integridad y el bienestar del menor, de acuerdo con la Recomendación del Consejo de Europa número R (98) del Comité de Ministros de 21 de enero de 1998, sobre la mediación familiar y la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, de 20 de noviembre de 1989.
  • c) Facilitar la comunicación entre el hijo y el progenitor no custodio y la familia de éste.
  • d) Permitir a los niños que expresen sus sentimientos y necesidades de forma libre, sin condicionamiento de sus padres, y fomentar la motivación de aquéllos para acudir a las visitas.
  • e) Evitar el sentimiento de abandono o desamparo en el menor.
  • f) Facilitar la orientación profesional necesaria para mejorar las relaciones en la familia y la crianza de los padres en pro de la coparentabilidad.
  • g) Obtener información sobre las actuaciones de los padres que puedan ayudar a la defensa de los derechos del menor, en caso de tener que acudir a otras instancias administrativas o judiciales, por ejemplo, en casos de violencia familiar.

La derivación a los PEF se realiza fundamentalmente desde los órganos jurisdiccionales, como los Juzgados de Familia, Instrucción y Violencia sobre la Mujer, así como por el sistema administrativo de protección de menores.

¿Cómo funcionan?

Aun cuando depende de cada caso concreto y del régimen interno del propio centro, las actuaciones ordinarias de un Punto de Encuentro Familiar son éstas:

  • a) Uno de los progenitores deja al niño en el centro y el otro lo recoge sin que exista encuentro físico entre ellos. Esta opción se recomienda para prevenir situaciones de violencia y también en los casos en los que el niño viva con una familia de acogida.
  • b) La visita es supervisada por profesionales que facilitan además la orientación para mejorar la relación. Está indicada cuando el hijo no conoce a su progenitor no custodio o tiene muy pocos recuerdos de él; siempre que el padre o madre intenta manipular al niño, o en casos en los que el menor siente temor hacia el encuentro.
  • c) La visita se realiza en el centro, salvo que el progenitor no custodio disponga de vivienda cercana al centro que reúna las condiciones necesarias para la estancia del menor.

Normalmente, los PEF disponen de equipos compuestos por técnicos del ámbito jurídico, de la educación social, psicológico y social con formación especializada en la materia.

Los PEF y sus técnicos garantizan la confidencialidad del contenido de la visita, aun cuando realizan informes internos sobre el progreso y la evolución de los cumplimientos y las incidencias que se producen durante la estancia, por supuesto con pleno respeto al régimen previsto en la resolución judicial o administrativa.

Algunas Comunidades Autónomas han dictado ya normas sobre esta materia:

Recuerde que...

  • Los puntos de encuentro familiar son espacios neutrales para el encuentro entre el menor y el progenitor no custodio.
  • Se utilizan cuando la relación entre los progenitores es conflictiva o el régimen de visitas complicado.
  • Sus objetivos principales son garantizar el cumplimiento del régimen de visitas, la seguridad, integridad y bienestar del menor; y facilitar la comunicación entre el hijo y el progenitor no custodio.
  • No se produce encuentro físico entre los progenitores y la visita está supervisada por los profesionales del centro, donde, además, se lleva a cabo la misma.

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